Descripción

En el Artículo 38 de la Ley de Planeación del Estado de Jalisco y sus Municipios se establece que la planeación municipal del desarrollo deberá llevarse a cabo como un medio para el desempeño eficaz de la responsabilidad de los municipios, con la finalidad de cimentar el desarrollo económico y social de sus habitantes. En el Artículo 39 de la Ley en referencia, se señala que los municipios deberán contar con un Plan Municipal, el cual será aprobado por sus respectivos ayuntamientos. Los Planes Municipales de Desarrollo (PMD) precisan objetivos generales, estrategias y líneas de acción del desarrollo integral del municipio. Este documento presenta las propuestas de planeación planteadas por la administración de Unión de Tula para atender las diversas problemáticas y mejorar el desempeño de las funciones públicas del municipio.